Sociedades mercantiles
- ¿Cuál es la diferencia entre sociedad civil y mercantil?
La sociedad civil no contempla actos mercantiles en su objeto social. Asimismo, la sociedad civil carece de personalidad jurídica propia.La sociedad mercantil se puede definir de la siguiente manera: “es sociedad mercantil la que existe bajo una denominación o razón social, mediante el acuerdo de voluntades de un grupo de personas llamadas socios, que unen sus esfuerzos y capitales para la realización de un fin común de carácter económico con propósito de lucro”.Son dos o más personas que crean relaciones de obligación y patrimonio, mediante un trato unitario para la consecuencia de un fin común.
- Características de las sociedades mercantiles
-Una sociedad mercantil tiene como propios una
denominación, domicilio y -patrimonio.
-Se constituye mediante escritura y registro
correspondiente.
-Tiene personalidad jurídica. Esto significa que la
sociedad tiene unos derechos y obligaciones contenidos en su objeto social.
-Las sociedades mercantiles tienen un patrimonio activo y
otro pasivo. El activo son los bienes y derechos, mientras que el pasivo son
las obligaciones y deudas de la propia sociedad.
-Las sociedades mercantiles han de tener al menos un
domicilio o incluso más siempre y cuando se mencione en el acta constitutiva.
Habrá un domicilio principal y puede también haber otros adjuntos, conocidos
como sucursales.
-Otro de los caracteres de la sociedad mercantil es la
nacionalidad, que será donde se establezca el domicilio. La empresa tendrá en
cuenta las leyes del país donde figure su domicilio.
- Pasos para establecer una sociedad mercantil
-Solicitud de certificación negativa de denominación en el
Registro Mercantil.
-Obtención del código de identificación fiscal en la
delegación de Hacienda.
-Depósito en cualquier banco de la cantidad mínima a
desembolsar para crear la sociedad.
-Visita al notario para la escritura de constitución. En
dicha escritura deben aparecer los estatutos.
-Liquidación en la delegación de Hacienda del Impuesto
sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
-Inscripción y publicación de la sociedad en el Registro
Mercantil.
-Declaración de inicio de actividad en la delegación de
Hacienda.
-También en la delegación de Hacienda la empresa se dará de
alta en el Impuesto de Actividades Económicas.
-Inscripción de la empresa en la Tesorería General de la
Seguridad Social.
-Alta de los socios fundadores en el régimen especial de
trabajadores autónomos, en caso de que vayan a ser también trabajadores en la
sociedad.
-Obtención de los libros de matrícula y visitas. Después,
para legalizarlos, se deben sellar en la Inspección de Trabajo.
-Comunicación de apertura del centro en el Registro de
Actividades y Empresarios Comerciales.
-Obtención de la licencia de apertura en el ayuntamiento
correspondiente.
- Los Tipos de Sociedades Mercantiles en Costa Rica
a)
Sociedad en nombre colectivo
En este tipo de sociedad interesan mucho las
cualidades o lazos personales o familiares de quienes se asocian y por eso los
socios están sometidos a distintas restricciones en beneficio de la sociedad,
precisamente para preservar en ellas el elemento personal. Posee una responsabilidad
ilimitada donde todos responden por igual ante situaciones de quiebra o deudas
de la empresa.
b)
Sociedad en comandita
Se caracteriza por poseer dos
tipos de socios que son los comanditarios y comanditados. Los socios
comanditarios únicamente aportan el capital y demás recursos económicos y
materiales necesarios para emprender la empresa, por lo su responsabilidad u
obligaciones se agotan o limitan en esa aportación o dirección interna de la
empresa ni asumen responsabilidad frente a terceros acreedores. Los socios
denominados comanditados o gestores son quienes aportan capital de industria o
trabajo, así como quienes administran y representan la sociedad, ya que entre
ellos se designa el(los) gerente(s) que ostentará(n) la representación legal,
con una responsabilidad de carácter subsidiaria, ilimitada y solidaria, de
forma similar a los socios de la sociedad en nombre colectivo.
c)
Sociedad de responsabilidad limitada
En esta sociedad interesa el elemento capital
y patrimonial, por encima del elemento personal; es similar a la sociedad
anónima, pero con la ventaja de que posee menos órganos y su manejo es más
sencillo, pues está concebida para operar con pocos socios, por ello es la más
recomendada para las pequeñas y medianas empresas, pues posee la ventaja de
limitar la responsabilidad, pero con mayor flexibilidad y facilidad en su
composición y manejo.
d)
Sociedad anónima
Es la sociedad de capital por excelencia que
se maneja mediante acciones, que es un título valor que puede negociarse
fácilmente; asimismo, delimita la responsabilidad de los socios, lo que la hace
atractivo para los proyectos de grandes inversiones. Trabaja bajo tres grandes
órganos que son: Asamblea de Accionistas, Junta Directiva y Fiscalía.
Muy clara la información compartida, conceptos nuevos y claros conceptos que resultan importantes conocer.
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